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Crédito de consumo: Se entiende como créditos de consumo, las operaciones activas de crédito otorgadas a los asociados cuyo objeto sea financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, independientemente de su monto.
Crédito inmediato sobre el monto total de los aportes más el ahorro permanente.
Plazo de 1 a 48 cuotas.
Se otorga para anticipar hasta el 50% de la prima de servicios.
Plazo de 1 cuota.
Será otorgado para la compra de deudas que tenga el asociado en entidades financieras, tarjetas de crédito y otras deudas financieras demostrables mediante certificación del saldo.
Plazo de 1 a 60 cuotas.
Este será concedido para ser invertido libremente por el asociado.
Plazo de 1 a 60 cuotas.
En convenio con agencias de turismo nacionales e internacionales.
Plazo de 1 a 48 cuotas
Crédito que se usa para cubrir pagos de matrículas o pensiones de estudio del asociado.
Plazo de 1 a 48 cuotas.
Se brinda a los asociados cuyo objeto sea atender necesidades y sufragar gastos por calamidades domésticas comprobables.
Plazo de 1 a 12 cuotas.
Crédito otorgado a partir de la evaluación del asociado, frente a su antigüedad, nivel de endeudamiento y de aportes para conceder un pre-aprobado, el cual puede utilizar cuando así lo disponga.
Plazo de 1 a 48 cuotas.
Crédito que se usa para cubrir necesidades extraordinarias del asociado. Monto máximo $1.000.000.
Plazo 12 cuotas.
Es una Línea de crédito personal de uso frecuente que el asociado puede usar cada vez que desee, para utilizar los recursos de acuerdo a sus necesidades.
Plazo de 1 a 48 cuotas.
Otorgado para compra de carros o motocicletas nuevas (90%) o usados hasta 5 años de antigüedad (80%), aplica pignoración y póliza todo riesgo durante la vigencia.
Plazo de 1 a 60 cuotas.
Es el crédito otorgado a los asociados, destinado para adquisición de vivienda nueva, usada, construcción de vivienda, compra de propiedad raíz o liberación total de gravamen hipotecario de cualquier tipo de bien inmueble, que garantice la hipoteca en primer grado del inmueble a favor del Fondo de Empleados en su totalidad.
Plazo hasta 10 años.
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